En un anterior artículo hemos visto que es posible reconocer la ciudadanía italiana por vía judicial aunque tengas la línea paterna. De ahí surge la pregunta: ¿vale también por los casos de hijo directo?
La respuesta es: ¡SÍ!
Cabe resaltar que en general los Consulados suelen ser más rápidos en otorgar los turnos por hijo directo (en comparación del turno de reconstrucción), pero existen realidades en Brasil, Argentina y Venezuela donde hay todavía (y siempre han habido y habrán) problemas en brindar los servicios.
Otra buena motivación para solicitar este tipo de trámite es evitar la limitación del registro del padre/madre en el mismo consulado de residencia del solicitante. Además de uno y otro requerimiento adicional que cada consulado solicita, según el propio criterio.
Esto sucede frecuentemente, en especial cuando los jóvenes se mudan a estudiar en otra provincia o en otro país.
Terminadas las premisas, hablemos de este tipo de reconocimiento.
Como todos los trámites de ciudadanía italiana, lo primero es armar la carpeta. En este caso específico la carpeta es mucho más sencilla.
La lista de documentos:
Importante que los pasaportes no se encuentren caducados, en especial el del italiano.
Ahora bien se tendrá que enviar la pequeña carpeta a la oficina del estudio legal en Roma, el cual se encargará de encaminar el trámite.
Como siempre cuando se habla de tiempos de trámites en Italia: ¡depende! Depende del Juzgado y depende del Comune. Alrededor de entre 6 y 12 meses de promedio.
Como ya remarcado en otros artículos, es necesario siempre un asesoramiento legal siendo cada caso diferente, dependiendo del Consulado relativo y de otras cuestiones adicionales.
Bueno, esto depende del estudio legal que contraten.
Por último: es una alternativa muy útil en lugar de esperar los tiempos de los turnos y las incertidumbres de los servicios consulares. Si están interesados en este tipo de servicio de reconocimiento pueden escribirnos aquí y le daremos todas las informaciones necesarias.